INICIA LA RECEPCIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Las empresas clasificadas en el grupo 1 y 3, deberán entregar información con corte al 31 de diciembre de 2016, las empresas clasificadas en el grupo 2, deberán entregar información con corte a 31 de diciembre de 2016 y con corte a 31 de diciembre de 2015, de conformidad con la Ley 1314 de 2009.
La fecha máxima de entrega varía según los últimos dígitos del NIT:
ULTIMOS DOS DIGITOS (SIN DIGITO DE VERIFICACIÓN) Y FECHA MÁXIMA PARA REPORTAR
1 - 10 Lunes 17 de abril
11 - 20 Martes 18 de abril
21 - 30 Miércoles 19 de abril
31 - 40 Jueves 20 de abril
41 - 50 Viernes 21 de abril
51 - 60 Lunes 24 de abril
61 - 70 Martes 25 de abril
71 - 80 Miércoles 26 de abril
81 - 90 Jueves 27 de abril
91 - 00 Viernes 28 de abril
La SuperVigilancia informará en los próximos días la forma en la que se llevará a cabo la presentación de esta información.
Los Departamentos de Seguridad, los servicios autorizados para desarrollar actividades de alto riesgo e interés público, los servicios comunitarios y servicios especiales, deben reportar en el Formato Reporte de Gastos de Personal del Departamento de Seguridad -REGADS.
Los servicios de asesoría, consultoría e investigación en vigilancia y seguridad privada, incluyendo poligrafía y quienes ejerzan las actividades de importación, fabricación, instalación y comercialización de equipos, sistemas y medios tecnológicos para Vigilancia y Seguridad Privada también deben reportar en el Formato Reporte de Ingresos e Inventarios de los Fabricantes, Importadores y Comercializadores de equipos de vigilancia y seguridad privada – RIFINC.
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Fecha de publicación 24/03/2017
Última modificación 29/03/2017
Fecha de publicación 24/03/2017
Última modificación 29/03/2017